
BIOÉTICA Y ASPECTOS JURÍDICOS
Nuestro Despacho está capacitado para asesorar y realizar toda actuación necesaria para la creación de los Comités Hospitalarios de Bioética y los Comités Hospitalarios de Investigación. Y es que este tema resulta de vital importancia en virtud de que México, la Ley General de Salud en su artículo 41 bis, impone la obligación a los establecimientos para la atención médica del sector público, social o privado del sistema nacional de salud, de contar con un Comité de Bioética Hospitalario, sobre quien recae la imperiosa obligación de ser el encargado de resolver los dilemas derivados de la atención médica en actividades:
(I) Preventivas, que incluyen las de promoción general y las de protección específica;
(II) Curativas, que tienen como fin efectuar un diagnóstico temprano y proporcionar tratamiento oportuno;
(III) De rehabilitación, que incluyen acciones tendientes a optimizar las capacidades y funciones de las personas con discapacida
(IV) Paliativas, que incluyen el cuidado integral para preservar la calidad de vida del paciente, a través de la prevención, tratamiento y control del dolor, y otros síntomas físicos y emocionales por parte de un equipo profesional multidisciplinario.
Por esto mismo, hemos apoyado al Sector Salud en la capacitación de su personal en la materia de bioética.